El Código de Vehículos de California establece lo que debe hacer un conductor involucrado en un accidente. Los deberes dependen de si el accidente causó una lesión o una muerte, o si solo causó daños a la propiedad. Este artículo describe esas obligaciones legales según el Código de Vehículos y no ofrece asesoría para una situación particular.
Si alguien resultó herido o murió
Cuando un accidente causa lesión a otra persona o la muerte de una persona, el conductor debe detener el vehículo de inmediato. Debe detenerlo en el lugar del accidente. La sección 20001(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The driver of a vehicle involved in an accident resulting in injury to a person, other than himself or herself, or in the death of a person shall immediately stop the vehicle at the scene of the accident and shall fulfill the requirements of Sections 20003 and 20004.” Después de detenerse, el conductor debe cumplir los deberes de las secciones 20003 y 20004. Esos deberes del Código de Vehículos se explican más adelante en este artículo.
No detener el vehículo en esa situación tiene las siguientes penas.
| Circunstancia | Pena |
|---|---|
| Accidente con lesión (salvo los casos del párrafo (2)) (VEH 20001(b)(1)) | Prisión estatal, o hasta un año en cárcel del condado, o multa de $1,000 a $10,000, o ambas |
| Accidente con muerte o lesión permanente y grave (VEH 20001(b)(2)) | Dos, tres o cuatro años de prisión estatal, o de 90 días a un año en cárcel del condado, o multa de $1,000 a $10,000, o ambas. El tribunal puede reducir o eliminar la prisión mínima en el interés de la justicia y por razones que consten en el expediente |
La información que debe dar
El conductor de un vehículo involucrado en un accidente con lesión o muerte también debe dar su nombre y dirección de residencia actual. También debe dar el número de registro del vehículo y el nombre y dirección del dueño. Esa información va a la persona golpeada o al otro conductor. La sección 20003(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The driver of any vehicle involved in an accident resulting in injury to or death of any person shall also give his or her name, current residence address, the names and current residence addresses of any occupant of the driver’s vehicle injured in the accident, the registration number of the vehicle he or she is driving, and the name and current residence address of the owner to the person struck or the driver or occupants of any vehicle collided with, and shall give the information to any traffic or police officer at the scene of the accident.”
El conductor también debe mostrar su licencia de manejar si se la piden. La sección 20003(b) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “Any driver or injured occupant of a driver’s vehicle subject to the provisions of subdivision (a) shall also, upon being requested, exhibit his or her driver’s license, if available…” Esa obligación también aplica al ocupante herido del vehículo del conductor, quien puede mostrar otra identificación disponible.
Además, la ley exige que todo conductor involucrado en el accidente intercambie información con cualquier otro conductor o dueño de propiedad presente en el lugar. Esto aplica salvo que el propio conductor haya quedado incapacitado. La sección 16025(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “Every driver involved in the accident shall, unless rendered incapable, exchange with any other driver or property owner involved in the accident and present at the scene, all of the following information: (1) Driver’s name and current residence address, driver’s license number, vehicle identification number, and current residence address of registered owner. (2) Evidence of financial responsibility…” No cumplir con esta obligación tiene la siguiente pena.
| Infracción | Pena |
|---|---|
| No intercambiar la información que exige la sección 16025 del Código de Vehículos | Infracción con multa de hasta $250 |
Todo conductor y todo dueño de un vehículo debe poder demostrar su responsabilidad financiera en todo momento. También debe llevar en el vehículo la evidencia de esa responsabilidad. La sección 16020(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “All drivers and all owners of a motor vehicle shall at all times be able to establish financial responsibility pursuant to Section 16021, and shall at all times carry in the vehicle evidence of the form of financial responsibility in effect for the vehicle.”
La ayuda a una persona herida
El conductor también debe dar ayuda razonable a cualquier persona herida en el accidente. Esa ayuda puede incluir transportar a la persona herida, o hacer los arreglos para transportarla, a un médico, cirujano u hospital. Eso aplica solo si es evidente que se necesita tratamiento o si esa transportación fue solicitada por la persona herida. La sección 20003(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The driver also shall render to any person injured in the accident reasonable assistance, including transporting, or making arrangements for transporting, any injured person to a physician, surgeon, or hospital for medical or surgical treatment if it is apparent that treatment is necessary or if that transportation is requested by any injured person.”
Si solo hubo daños a la propiedad
Cuando el accidente causa solo daños a la propiedad, el conductor debe detener el vehículo de inmediato en el lugar más cercano. Ese lugar debe ser uno que no interrumpa el tráfico ni ponga en peligro a otros conductores. La sección 20002(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The driver of any vehicle involved in an accident resulting only in damage to any property, including vehicles, shall immediately stop the vehicle at the nearest location that will not impede traffic or otherwise jeopardize the safety of other motorists.”
Después de detenerse, el conductor tiene dos opciones. La primera es localizar al dueño o a la persona a cargo de la propiedad y darle su nombre y dirección. En ese caso, también debe mostrar su licencia y el registro del vehículo si se lo piden. La segunda es dejar un aviso escrito con esa información en un lugar visible. En ese caso, además debe notificar sin demora innecesaria al departamento de policía de la ciudad donde ocurrió la colisión. Si la colisión ocurrió en territorio no incorporado, notifica en cambio a la oficina local de la Patrulla de Caminos de California. La misma sección 20002 del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “Leave in a conspicuous place on the vehicle or other property damaged a written notice giving the name and address of the driver and of the owner of the vehicle involved and a statement of the circumstances thereof and shall without unnecessary delay notify the police department of the city wherein the collision occurred or, if the collision occurred in unincorporated territory, the local headquarters of the Department of the California Highway Patrol.” No cumplir estos deberes tiene la siguiente pena.
| Infracción | Pena |
|---|---|
| No cumplir los deberes de la sección 20002 del Código de Vehículos | Delito menor, hasta 6 meses en cárcel del condado, o multa de hasta $1,000, o ambas |
Los reportes que exige la ley
Si el accidente causa la muerte de una persona y no hay oficial de tránsito o policía en el lugar, el conductor debe reportarlo. Debe hacerlo sin demora a la oficina más cercana de la Patrulla de Caminos de California, o a otra autoridad policial autorizada, y además debe presentar con el reporte la información que exige la sección 20003. La sección 20004 del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “In the event of death of any person resulting from an accident, the driver of any vehicle involved after fulfilling the requirements of this division, and if there be no traffic or police officer at the scene of the accident to whom to give the information required by Section 20003, shall, without delay, report the accident to the nearest office of the Department of the California Highway Patrol or office of a duly authorized police authority and submit with the report the information required by Section 20003.”
Además, el conductor de un vehículo, salvo un vehículo de transporte público, debe presentar un reporte escrito dentro de las 24 horas siguientes a un accidente con lesión o muerte. La sección 20008(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The driver of a vehicle, other than a common carrier vehicle, involved in any accident resulting in injuries to or death of any person shall within 24 hours after the accident make or cause to be made a written report of the accident to the Department of the California Highway Patrol or, if the accident occurred within a city, to either the Department of the California Highway Patrol or the police department of the city in which the accident occurred.” La subdivisión (b) de esa misma sección 20008 da un plazo distinto al vehículo de transporte público. Dice, en el original en inglés, “The owner or driver of a common carrier vehicle involved in any such accident shall make a like report to the Department of California Highway Patrol on or before the 10th day of the month following the accident.”
La ley también exige un reporte separado al DMV. La sección 16000(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The driver of a motor vehicle who is in any manner involved in an accident … that has resulted in damage to the property of any one person in excess of one thousand dollars ($1,000), or in bodily injury, or in the death of any person shall report the accident, within 10 days after the accident, either personally or through an insurance agent, broker, or legal representative, on a form approved by the department, to the office of the department at Sacramento…” Este reporte no se exige si el vehículo era propiedad o arrendado por el gobierno federal o este estado. Tampoco se exige si era de otro estado o una agencia local, o si estaba bajo la dirección de alguno de ellos. La subdivisión (b) de esa misma sección 16000 dice, en el original en inglés, “A report is not required under subdivision (a) if the motor vehicle involved in the accident was owned or leased by, or under the direction of, the United States, this state, another state, or a local agency.”
El Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) llama a este reporte el formulario SR-1. El DMV explica que se exige además de cualquier otro reporte hecho a la policía, la CHP o la aseguradora. La misma página del DMV dice, “You or your insurance agent, broker, or legal representative must complete an SR-1 report and send it to DMV within 10 days if someone is injured (no matter how minor the injury) or killed, or property damage is over $1000.”
No presentar este reporte tiene una consecuencia en la licencia de manejar. La sección 16004(a) del Código de Vehículos dice, en el original en inglés, “The department shall suspend the driving privilege of any person who fails, refuses, or neglects to make a report of an accident as required in this chapter.” Esa suspensión dura hasta que el DMV reciba el reporte, o evidencia de responsabilidad financiera. La subdivisión (b) de esa misma sección 16004 dice, en el original en inglés, “A suspension taken under this section shall remain in effect until terminated by receipt of the report of the accident or upon receipt of evidence that financial responsibility as provided in Section 16021 is in effect.”
La siguiente tabla resume estos reportes.
| Reporte | Plazo | A quién |
|---|---|---|
| Reporte sin demora en caso de muerte, sin oficial presente (VEH 20004) | Sin demora | CHP u otra autoridad policial autorizada |
| Reporte escrito de accidente con lesión o muerte (VEH 20008(a)) | 24 horas | CHP, o el departamento de policía de la ciudad |
| Reporte SR-1 (VEH 16000(a)) | 10 días | DMV |
Si no se sabe quién era el otro conductor
Cuando no se conoce la identidad del dueño o del conductor del otro vehículo, la ley de seguros de California pone dos condiciones. Esas condiciones son para que ese vehículo cuente como vehículo sin seguro. La sección 11580.2(b) del Código de Seguros dice, en el original en inglés, “provided that, with respect to an ‘uninsured motor vehicle’ whose owner or operator is unknown: (1) The bodily injury has arisen out of physical contact of the automobile with the insured or with an automobile that the insured is occupying. (2) The insured or someone on his or her behalf has reported the accident within 24 hours to the police department of the city where the accident occurred or, if the accident occurred in unincorporated territory then either to the sheriff of the county where the accident occurred or to the local headquarters of the California Highway Patrol, and has filed with the insurer within 30 days thereafter a statement under oath…”
La condición (1) de la subdivisión (b) pide que la lesión corporal haya surgido de un contacto físico con el vehículo. La condición (2) pide que la persona asegurada, o alguien en su nombre, reporte el accidente a la policía dentro de 24 horas. También pide presentar una declaración jurada a la aseguradora dentro de los 30 días siguientes.
Los plazos para un reclamo
En California, el plazo general para presentar una acción por lesión personal o por la muerte de una persona es de dos años. Ese plazo aplica cuando la muerte fue causada por el acto indebido o la negligencia de otra persona. La sección 335.1 del Código de Procedimiento Civil dice, en el original en inglés, “Within two years: An action for assault, battery, or injury to, or for the death of, an individual caused by the wrongful act or neglect of another.” Ese plazo comienza a contar cuando surge la causa de la acción. La sección 312 del Código de Procedimiento Civil dice, en el original en inglés, “Civil actions, without exception, can only be commenced within the periods prescribed in this title, after the cause of action shall have accrued, unless where, in special cases, a different limitation is prescribed by statute.”
Cuando el reclamo es contra una entidad de gobierno de California por lesión o muerte, el plazo para presentar el reclamo es distinto y más corto. La sección 911.2(a) del Código de Gobierno dice, en el original en inglés, “A claim relating to a cause of action for death or for injury to person or to personal property or growing crops shall be presented as provided in Article 2 (commencing with Section 915) not later than six months after the accrual of the cause of action.”
Véase también Muerte injusta y acción de supervivencia en California, dos reclamos después de un fallecimiento, Abogada de Accidentes de Camión para Los Ángeles y Abogada de Accidentes de Motocicleta para Los Ángeles.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que llamar a la policía después de un choque?
Depende de la situación. Cuando el daño es solo a la propiedad y el conductor deja un aviso escrito, la ley exige además notificar sin demora innecesaria. Esa notificación va al departamento de policía de la ciudad donde ocurrió, o a la Patrulla de Caminos de California si fue en territorio no incorporado. Cuando el accidente causa una muerte y no hay oficial en el lugar, el conductor debe reportarlo sin demora. Ese reporte va a la oficina de la CHP o a otra autoridad policial. Un accidente con lesión o muerte también requiere un reporte escrito dentro de 24 horas, salvo el conductor de un vehículo de transporte público.
¿Qué información tengo que dar al otro conductor?
En un accidente con lesión o muerte, el conductor debe dar su nombre, dirección actual, y el número de registro del vehículo. También debe dar el nombre y dirección del dueño, y mostrar su licencia si se la piden. La ley también exige que todo conductor involucrado en el accidente intercambie el número de licencia, el número de identificación del vehículo y la información del seguro. Ese intercambio es con cualquier otro conductor o dueño de propiedad presente en el lugar, salvo que el propio conductor haya quedado incapacitado.
¿Tengo que reportar el choque al DMV?
Sí, en ciertos casos. La ley exige reportar el accidente al DMV dentro de 10 días cuando el daño a la propiedad supera $1,000. También lo exige cuando hay lesión o muerte de cualquier persona. Este reporte, llamado SR-1, se exige además de cualquier reporte hecho a la policía, la CHP o la aseguradora. No se exige si el vehículo era propiedad o arrendado por el gobierno federal, este estado, otro estado o una agencia local. Tampoco se exige si estaba bajo la dirección de alguno de ellos.
¿Qué pasa si me voy del lugar del accidente?
Si el accidente causó una lesión y el conductor no se detiene, la sección 20001(b)(1) del Código de Vehículos permite prisión estatal. También permite hasta un año de cárcel del condado, una multa de $1,000 a $10,000, o prisión y multa. Si el accidente causó la muerte o una lesión permanente y grave, la sección 20001(b)(2) permite dos, tres o cuatro años de prisión estatal. También permite de 90 días a un año de cárcel del condado, una multa de $1,000 a $10,000, o ambas. En esos casos, el tribunal puede reducir o eliminar la prisión mínima en el interés de la justicia y por razones que consten en el expediente.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar después de un accidente?
El plazo general para una acción por lesión personal o por muerte causada por el acto indebido o la negligencia de otra persona es de dos años. Ese plazo empieza a contar cuando surge la causa de la acción. Si el reclamo es contra una entidad de gobierno por lesión o muerte, el plazo para presentar el reclamo es distinto y más corto. Es de seis meses después de que surge la causa de la acción.
Cuéntenos qué pasó
Si usted resultó lesionado en un accidente de carro en California, puede contarnos qué pasó. La firma representa a personas lesionadas en accidentes de auto, incluyendo a residentes de Van Nuys.
Solicite su consulta gratuita o llame al (310) 900-9300. Las consultas y la representación están disponibles en inglés, español, ruso y armenio.
Los asuntos de lesiones personales se manejan mediante honorarios de contingencia. Los honorarios legales son un porcentaje de cualquier recuperación, en lugar de una factura por hora. Pueden aplicarse costos y gastos. Los detalles se establecen en un acuerdo de representación por escrito antes de que comience cualquier representación.
Cada caso es distinto, y los resultados dependen de los hechos de cada caso.
