Los sobrevivientes de abuso sexual infantil en California tienen derechos legales civiles — incluidos, en muchos casos, varios años más de plazo para presentarse de lo que la mayoría de las personas cree. Esta página explica, sin presiones, cómo funcionan estos casos y qué protecciones existen para los sobrevivientes.
Acción legal construida en torno a la protección y la prueba
Estos casos requieren un manejo deliberado y cuidadoso desde el inicio. La abogada evalúa directamente cada asunto, y la seguridad y los deseos del sobreviviente marcan el ritmo:
- La evidencia delicada se preserva con cuidado para proteger al sobreviviente y mantener la credibilidad durante todo el caso.
- Se examinan las fallas institucionales para determinar si se ignoraron advertencias o se incumplieron deberes legales.
- La seguridad, la privacidad y el control del sobreviviente sobre la comunicación se priorizan en cada etapa.
Cuando las instituciones son responsables
Muchos casos involucran organizaciones — escuelas, instituciones religiosas, organizaciones juveniles — que no actuaron a pesar de señales de advertencia o de deberes legales. Los reclamos se centran en establecer la rendición de cuentas mediante fallas documentadas y obligaciones legales, no en obligar a los sobrevivientes a revivir el daño en público.
A su ritmo, en su idioma
No existe ninguna obligación ni se le impone ningún calendario. Las conversaciones son confidenciales, y las consultas están disponibles en inglés, español, ruso y armenio. Si decide continuar, y cuando se sienta en condiciones de hacerlo, le explicaremos sus opciones con claridad y usted decidirá qué sucede después.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo tienen los sobrevivientes para presentar un reclamo civil en California?
California extendió significativamente estos plazos. Conforme al Code of Civil Procedure §340.1 (según fue modificado por AB 218), los sobrevivientes de agresión sexual en la infancia generalmente pueden presentar su reclamo hasta los 40 años de edad, o dentro de los cinco años posteriores a descubrir que un daño psicológico surgido en la adultez fue causado por el abuso — lo que ocurra más tarde. Debido a que las reglas han cambiado con el tiempo, el plazo de cada situación específica debe revisarse de manera individual.
¿Pueden las instituciones ser responsabilizadas, y no solo el abusador?
Sí. Las escuelas, las organizaciones religiosas, los programas juveniles y otras instituciones pueden ser civilmente responsables cuando sabían o debían haber sabido del riesgo y no actuaron — por ejemplo, al ignorar advertencias o al no supervisar. La rendición de cuentas institucional es a menudo un elemento central de estos casos.
¿Se protegerá la privacidad de nuestra familia?
Los tribunales de California permiten que los sobrevivientes en estos casos procedan bajo seudónimo (como "Jane Doe" o "John Doe") en las circunstancias apropiadas, y la información delicada puede protegerse durante el litigio. La privacidad, la seguridad y el control del sobreviviente sobre la comunicación se priorizan en cada etapa de la manera en que la firma maneja estos asuntos.
¿Qué ofrece un caso civil que un caso penal no ofrece?
Un caso penal lo presenta el estado y puede resultar en el castigo del abusador. Un caso civil es el reclamo propio del sobreviviente — puede brindar compensación por la terapia y otros daños, y puede responsabilizar financieramente a las instituciones por haber posibilitado el abuso. Los dos pueden avanzar de manera independiente.




