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¿Puedo demandar si no tengo papeles? Lo que dice la ley de California

Equipo editorial de Lilit Gevorgyan PLC · Publicado

Revisado por Lilit Gevorgyan, Esq. (CA Bar #299405)

En una acción civil de California por lesiones personales o muerte injusta, la evidencia de la situación migratoria de una persona no se admite. Tampoco se permite indagar sobre ella durante el descubrimiento de pruebas (discovery). Esta regla está en la sección 351.2 del Código de Evidencia de California (Evidence Code). Entró en vigor el 1 de enero de 2017, mediante la ley AB 2159.

La protección aplica dentro de un caso ya presentado por lesiones personales o muerte injusta. Este artículo explica esa regla y otras reglas relacionadas de California. No responde si una persona en particular tiene un reclamo, porque eso depende de los hechos de cada caso. El artículo cubre únicamente la ley de lesiones de California y no aborda preguntas de inmigración.

Lo que dice la sección 351.2 del Código de Evidencia

La subdivisión (a) tiene dos partes. La primera prohíbe admitir como prueba la situación migratoria de una persona. La segunda prohíbe indagar sobre esa situación durante el descubrimiento de pruebas, que se explica en la sección siguiente de este artículo. El texto de la subdivisión (a) dice, en el original en inglés, “evidence of a person’s immigration status shall not be admitted into evidence, nor shall discovery into a person’s immigration status be permitted” (sección 351.2(a) del Código de Evidencia de California).

Qué significa “discovery”

En un caso civil de California, el descubrimiento de pruebas (“discovery”) es la forma en que una parte obtiene información dentro del caso. La sección 2017.010 del Código de Procedimiento Civil dice, en el original en inglés, “…any party may obtain discovery regarding any matter, not privileged, that is relevant to the subject matter involved in the pending action…”. La sección 351.2(a) del Código de Evidencia saca la situación migratoria de ese proceso de descubrimiento en los casos de lesiones personales y muerte injusta.

El plazo general para presentar una acción

En California, el plazo general para presentar una acción por lesión personal es de dos años. Según la sección 312 del Código de Procedimiento Civil, los plazos se cuentan a partir de que surge la causa de la acción. Esto aplica salvo que otra ley establezca un plazo distinto. El texto original en inglés dice, “Civil actions, without exception, can only be commenced within the periods prescribed in this title, after the cause of action shall have accrued, unless where, in special cases, a different limitation is prescribed by statute.” La sección 335.1 del Código de Procedimiento Civil dice, en el original en inglés, “Within two years: An action for assault, battery, or injury to, or for the death of, an individual caused by the wrongful act or neglect of another.”

Véase también Muerte injusta y acción de supervivencia en California, dos reclamos después de un fallecimiento.

La licencia de manejar AB 60

La sección 12801.9(a)(1) del Código de Vehículos dice que el DMV emite una licencia de manejar original a la persona que no puede probar que su presencia en Estados Unidos está autorizada bajo la ley federal. Para eso, la persona debe cumplir los demás requisitos para la licencia y presentar prueba satisfactoria de su identidad y de su residencia en California. El texto original en inglés dice, “the department shall issue an original driver’s license to a person who is unable to submit satisfactory proof that the applicant’s presence in the United States is authorized under federal law if the person meets all other qualifications for licensure and provides satisfactory proof to the department of the person’s identity and California residency.”

Esa licencia no puede usarse como evidencia de la situación migratoria de la persona. La subdivisión (k) de esa misma sección dice, en el original en inglés, “A license or identification card issued pursuant to this section shall not be used as evidence of an individual’s citizenship or immigration status for any purpose.”

La sección 16020(a) del Código de Vehículos dice que todo conductor y todo propietario de un vehículo debe poder demostrar su responsabilidad financiera en todo momento. El texto original en inglés dice, “All drivers and all owners of a motor vehicle shall at all times be able to establish financial responsibility pursuant to Section 16021…”.

Si alguien amenaza con denunciar su situación migratoria

La sección 519 del Código Penal contiene una lista de los tipos de amenaza que pueden producir el temor que constituye la extorsión. Uno de esos tipos es la amenaza de reportar la situación migratoria de una persona. El texto original en inglés dice, “Fear, such as will constitute extortion, may be induced by a threat of any of the following: … 5. To report his, her, or their immigration status or suspected immigration status.” Este artículo describe únicamente lo que dice esa sección penal.

Preguntas frecuentes

¿Pueden preguntarme sobre mi estatus migratorio en un caso de accidente?

No, dentro de una acción civil por lesiones personales o muerte injusta. La sección 351.2(a) del Código de Evidencia de California dice que, en ese tipo de acción, la situación migratoria no se admite como prueba. Tampoco permite indagar sobre ella en el descubrimiento de pruebas (discovery).

¿Cuánto tiempo tengo para demandar después de un accidente?

El plazo general para una acción por lesión personal o muerte causada por el acto indebido o la negligencia de otra persona es de dos años. Así lo dice la sección 335.1 del Código de Procedimiento Civil de California. Según la sección 312 del mismo código, ese plazo empieza a contar cuando surge la causa de la acción.

¿Pueden usar mi licencia AB 60 como prueba de mi situación migratoria?

No. La subdivisión (k) de la sección 12801.9 del Código de Vehículos de California habla de las licencias y tarjetas de identificación emitidas bajo esa sección. Dice que no se pueden usar como evidencia de la ciudadanía o situación migratoria de una persona para ningún propósito.

¿Qué pasa si alguien me amenaza con reportarme a inmigración?

La sección 519 del Código Penal de California enumera los tipos de amenaza que pueden producir el temor que constituye la extorsión. El punto 5 de esa lista es la amenaza de reportar la situación migratoria de una persona, o su situación migratoria sospechada. Este artículo describe únicamente lo que dice esa sección penal y no ofrece asesoría sobre qué hacer en una situación particular.

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Cada caso es distinto, y los resultados dependen de los hechos de cada caso.

Sobre la abogada

La abogada Lilit Gevorgyan (Colegio de Abogados de California, State Bar No. 299405, admitida en 2014) representa a personas y familias en casos de lesiones personales, muerte injusta, negligencia médica, abuso de personas mayores y abuso sexual en California.

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